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Alquile el megayate Monte Carlo Power de 66 pies en Nápoles, CapriAlquile el megayate Monte Carlo Power de 66 pies en Nápoles, CapriAlquile el megayate Monte Carlo Power de 66 pies en Nápoles, CapriAlquile el megayate Monte Carlo Power de 66 pies en Nápoles, Capri

Alquile el megayate Monte Carlo Power de 66 pies en Nápoles, Capri

Con Capitán

10% refund within 30 days of your trip
  • Se ve bien

    Esta fecha está disponible.

Award-winning 66ft MCY yacht with a wide beam and sophisticated design, offering one of the fleet’s most spacious and luxurious onboard layouts.
Trips include a professional captain, keeping navigation handled so your group can focus fully on enjoying the yacht and coastal scenery.
Renters say this listing is great for:
Luxury ExperienceSightseeingCelebrationsLarge Groups
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AI Overview

Owner's Description

Fue galardonada en 2021 con el Ship Design Award y la consideramos el buque insignia de nuestra flota. El barco tiene una eslora de 66 pies (20,11 m) y, debido a su diseño sofisticado, es uno de nuestros yates más lujosos y grandes. Tiene una manga de 5,19 m y alcanza una velocidad de hasta 30 nudos. Además, la embarcación cuenta con un sistema estabilizador que permite disfrutar de una navegación suave, además, en épocas de olas altas, es ideal para los pasajeros propensos al mareo que no quieren prescindir de disfrutar de unas lujosas vacaciones en velero. El salón ofrece un espacio abierto entre la cocina y la sala de estar delantera. La terraza de proa le invita a tomar el sol durante el día y a pasar noches románticas con champán mientras se pone. La decoración moderna, única y sofisticada, llama la atención en toda su longitud . Los ojos de buey bien posicionados dan una apariencia llamativa y proporcionan condiciones de iluminación ideales. El diseño icónico de estos ojos de buey intensifica la sensación íntima y relajante, especialmente en la cabina del propietario. El modelo MCY66 ofrece una distribución perfecta de los espacios y un interior increíblemente lujoso, hecho de piedra natural, cuero italiano y muchos otros materiales de alta calidad utilizados en el galardonado diseño de este yate.

Alexander

Alexander

2 reservas totales
Capacidad
12 pasajeros
Lujo, Eventos y Grupos Grandes
Yate de motor
Alexander

Alexander

2 reservas totales

The company's fleet, which is based in Berlin, currently comprises two motorboats located in Castellammare di Stabia (Naples): Five Weeks — a Monte Carlo 66 motor yacht, approximately 66 ft (≈20 m) long, with 4 cabins and a comfortable deck, ideal for up to 6–8 guests for day trips or family holidays. Ma Bella — a Montefino 70 motor yacht, approximately 76 ft (≈23 m) long, with 3 cabins and a stylish interior, perfect for up to 6 guests for exclusive trips or corporate events. Both yachts offer luxury, comfort, and flexibility for day trips with friends, family holidays, or exclusive corporate events.

Características y Detalles

  • Monte Carlo Yachts
  • MCY 66
  • Capacidad: 12 people max

Safety Equipment

Anchor & Rode

Operating Equipment

Autopilot
Flybridge Helm
GPS ChartPlotter
Generator

Guest Amenities

Air Conditioning, Climate Control
Cabins (3)
Coffee Maker
Cooler
Fridge
Heating
Kitchen Utensils
Microwave
Pillows & Blankets
Shower
Sink
Stove
Sun Protection
Toilets (1)
Towels
Washrooms Onboard
Wine Fridge
Wi-Fi

Leisure & Entertainment Equipment

Bluetooth
Floats
Sound System
Indoor dinning Area
Indoor Lounge Area
Outdoor Dinning Area
Outdoor Lounge Area
Outdoor Sun Bed

Accessories

Jet Skis (1)
Live Well
Water Toys
Paddleboards

Departure Location

La ubicación aproximada del barco en un mapa.

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Street Address For Arrival

Street Address For Arrival

Capri Port, Marina Grande, Metropolitan City of Na
Marina Grande, Campania, 80073
Italy
Departure Location

Departure Location

Same as Street Address

Política de cancelación

10% reembolso de la cantidad oferta hasta 30 días antes.

Términos e información adicionales

Condiciones del contrato Uso del yate, comportamiento a bordo (1) El fletador se compromete a utilizar el yate de manera razonable y con cuidado. No realizará ningún cambio estructural en el yate ni en sus instalaciones. (2) El fletador será responsable de la conducta de todos los pasajeros que viajen y cuya estancia a bordo del yate haya permitido o organizado de otro modo. (3) Durante su estancia en puertos y marinas, los pasajeros no deberán causar molestias excesivas a las terceras parejas. Deberá cumplirse cualquier normativa local. (4) Los pasajeros deberán cumplir en todo momento con cualquier instrucción que les dé el Capitán o el resto de la tripulación para garantizar el orden y la seguridad a bordo del yate. (5) El capitán conservará el poder de toma de decisiones náuticas sobre el yate. Se aceptarán las órdenes y decisiones relacionadas con el uso del yate, incluida la decisión de ir, salir o permanecer en cualquier zona de crucero, ruta, fondeadero o atraque, tomadas por el Capitán según su criterio de navegación a la luz de las condiciones marinas, del viento o meteorológicas imperantes o de cualquier otra circunstancia que redunde en interés de la seguridad del yate o de las personas que lo integran, y no constituirán un defecto del yate. (6) Los pasajeros deberán comportarse de manera respetuosa con el capitán y la tripulación. La entrega de propinas a la tripulación es voluntaria y queda a discreción del fletador, pero es habitual. (7) El fletador no permitirá que suban más pasajeros a bordo de los permitidos e indicados en la «capacidad máxima» que figura más arriba. (8) El fletador solo podrá utilizar el yate con fines recreativos. Está prohibido su uso para cualquier forma de comercio, subfletamento, pesca comercial, transporte de mercancías, salvamento marítimo programado o participación en este ámbito. (9) El yate no puede salir del área de navegación definida a menos que sea absolutamente necesario para la seguridad del yate o de las personas a bordo. (10) Solo se permite fumar en las áreas exteriores designadas por la tripulación. Está prohibido el consumo de drogas ilegales a bordo del yate. (11) No se pueden llevar a bordo armas de fuego ni armas prohibidas de otro modo. (12) Los menores siempre deben ir acompañados y supervisados por un adulto; el capitán o la tripulación del yate no asumen ninguna obligación de supervisión. (13) El buceo profesional está permitido bajo la supervisión de profesionales cualificados en las zonas aprobadas. (14) El uso de barcos acuáticos, juguetes acuáticos o accesorios similares del yate (incluidos botes, motos acuáticas, lobos marinos y toboganes) se realizará por cuenta y riesgo del usuario respectivo o de la persona responsable de su supervisión. El fletador indemnizará al fletador y a sus agentes indirectos contra todas las reclamaciones por daños materiales o personales derivados de dicho uso, a menos que el fletador sea responsable de dichos daños. (15) El fletador solo podrá llevar a bordo embarcaciones ^, juguetes acuáticos o accesorios similares que no estén incluidos en el inventario del yate, con el consentimiento previo y expreso del fletador. El párrafo (14) se aplicará mutatis mutandis al uso de dichos artículos, incluso si la compañía de fletamento ha dado su consentimiento para la adquisición y devolución del yate, la devolución tardía o el deterioro de la usabilidad posterior del yate (1) Al entregar el yate al fletador, las partes inspeccionarán conjuntamente su estado. Se inspeccionará el estado visible desde el exterior del yate y de su equipo y cualquier daño o suciedad se registrará en un informe firmado conjuntamente. Lo mismo se aplicará cuando se devuelva el yate . (2) El fletador devolverá el yate a la hora acordada de desembarque en las mismas condiciones en que lo adquirió (teniendo en cuenta el desgaste habitual provocado por el uso contractual). (3) La devolución del yate antes de la expiración del período de fletamento acordado no da derecho al fletador a deducciones del precio del fletamento, a menos que la compañía de fletamento sea responsable de la devolución prematura. (4) Si el fletador no devuelve el yate en el lugar acordado para este fin y/o si el yate no queda vacante de conformidad con el contrato, pagará la compensación por el importe del precio de fletamento acordado a prorrata por hora por el tiempo que supere el período de fletamento acordado hasta que el yate esté realmente disponible, desocupado de conformidad con el contrato, en el lugar acordado para el desembarque, a menos que la empresa de fletamento sea responsable de las circunstancias causales. (5) Si, a pesar de la devolución puntual del yate por parte del fletador, la usabilidad del yate para la empresa de fletamento (por ejemplo, para su posterior fletamento) se suspende al expirar el período de fletamento acordado debido a una conducta de la que es responsable el fletador, el fletador pagará a la empresa de fletamento una compensación por el importe del precio de fletamento acordado prorrateado por hora si supere el período de fletamento acordado hasta que la usabilidad del yate sea restaurado. En el caso de que solo se reduzca parcialmente la usabilidad, la compensación se reducirá en una proporción adecuada. 3. Precio, anticipo para gastos imprevistos (apa), combustible, depósito y retirada por parte de la empresa chárter en caso de retraso en el pago (1) En un plazo de 14 días a partir de la emisión de la confirmación de la reserva, el fletador pagará un depósito del 30% del precio del fletamento acordado (IVA incluido) mediante transferencia bancaria . (2) El fletador pagará la totalidad del precio de fletamento acordado (incluido el IVA) mediante transferencia bancaria a más tardar 14 días antes de la fecha acordada de adquisición del yate. (3) El fletador pagará el anticipo acordado para gastos imprevistos (la «APA») mediante transferencia bancaria, en efectivo o con tarjeta de crédito (Visa, Mastercard) a más tardar en el momento de hacerse cargo del yate. (4) La APA se utilizará para cubrir los costos variables incurridos en relación con el uso del yate por parte del fletador. Estos incluyen, en particular, el combustible, el servicio de catering para pasajeros, las tasas portuarias y los atraques fuera del puerto de Port de Palma (Mallorca). Los costes variables serán abonados por la empresa de fletamento a la devolución del yate. Si la APA es superior a los costes variables, el importe restante se reembolsará al fletador en un plazo de 7 días naturales. Si la APA es inferior a los costes totales, el fletador está obligado a pagar la diferencia a la empresa de fletamento antes de abandonar el yate. Si el fletador no ha pagado una APA al hacerse cargo del yate, reembolsará en su totalidad los costos variables totales, en la medida en que los hayan pagado la compañía de fletamento o sus agentes indirectos, antes de abandonar el yate. (5) El importe que se cobrará al fletador por el combustible se calculará a discreción razonable del fletador en función del número de horas de funcionamiento del motor durante cada día de navegación o del número de millas náuticas recorridas durante todo el viaje, teniendo en cuenta el consumo promedio por hora o milla náutica recorrida por el yate según la experiencia, de acuerdo con los precios actualmente aplicables en el lugar de devolución acordado. (6) Antes de hacerse cargo del yate, el fletador pagará un depósito mediante transferencia bancaria, en efectivo o con tarjeta de crédito (Visa, Mastercard) para cubrir los costos derivados del desgaste excesivo, la suciedad o los daños del yate o sus instalaciones. Tras la devolución del barco en buenas condiciones, el fletador recibirá este depósito de inmediato. El chárter se reserva el derecho de retener el depósito durante un máximo de 48 horas después de la devolución del yate para examinar más de cerca el estado del barco. El depósito no limita la responsabilidad del fletador, es decir, las demás reclamaciones del fletador no se ven afectadas. (7) Si el fletador no paga el precio del fletamento, la APA o el depósito antes de la fecha de vencimiento especificada, el fletador tiene derecho a rescindir el contrato de fletamento. En caso de desistimiento, el chárter tendrá derecho a percibir gastos de cancelación de conformidad con el artículo 4. Cancelación por parte del fletador, sin presentación (1) El fletador puede cancelar el contrato de fletamento en cualquier momento sin dar los motivos en forma de texto. (2) En caso de cancelación, el fletador pagará las siguientes tarifas de cancelación: - en caso de cancelación más de 90 días antes del inicio del período de fletamento, el 20% del precio total del chárter (IVA incluido); - en caso de cancelación entre 60 y 90 días antes del inicio del período de fletamento, el 50% del precio total del chárter (IVA incluido); - en caso de cancelación entre 30 y 59 días antes del inicio del período de fletamento inicio del período de fletamento: el 70% del precio total del chárter (IVA incluido); - en caso de cancelación entre 15 y 29 días antes del inicio del período de fletamento, el 90% del precio total del chárter (IVA incluido); - en caso de cancelación con menos de 15 días de antelación al inicio del período de fletamento, el 100% del precio total del chárter (IVA incluido). (3) El fletador tendrá derecho a acreditar los pagos iniciales ya realizados por el fletador para cubrir los gastos de cancelación. En la medida en que los pagos anticipados superen las tarifas de cancelación, el fletador reembolsará este importe al fletador en un plazo de 10 días a partir de la cancelación. En la medida en que las tarifas de cancelación superen los pagos anticipados realizados, el fletador pagará esta diferencia al fletador dentro de los 10 días posteriores a la cancelación. (4) El fletador tendrá derecho a demostrar que los gastos ahorrados por el fletador como resultado de la cancelación por parte del fletador son superiores a la diferencia entre el precio del fletamento y las tarifas de cancelación. En este caso, las tarifas de cancelación que deberá reclamar la compañía de vuelos chárter se limitarán a los gastos ahorrados. (5) En caso de cancelación por parte del fletador, el fletador hará todos los esfuerzos razonables para reservar un chárter de reemplazo en lugar del chárter cancelado; si el chárter lo logra, deducirá el precio del chárter obtenido del chárter de reemplazo de la tarifa de cancelación, deduciendo los costos incurridos para comercializar y reservar el chárter de reemplazo, y reembolsará al fletador cualquier sobrepago resultante de las tarifas de cancelación. El fletador puede solicitar información al chárter sobre la reserva de un chárter sustituto y el precio del fletamento alcanzado con ello a más tardar 7 días después de la expiración del período de fletamento original. (6) La compañía de vuelos chárter recomienda al fletador que contrate un seguro de cancelación de viaje. (7) Si el fletador no inicia el fletador el día de embarque acordado sin cancelación previa, el chárter puede rescindir el contrato. En este caso, se cobrará una tasa de cancelación equivalente al 100% del precio total del chárter (IVA incluido). Las disposiciones de los párrafos (3) a (6) se aplican en consecuencia. 5 - Seguro (1) La compañía de fletamento mantendrá los seguros habituales de casco y responsabilidad civil para el yate. Se guardará una copia de la póliza de seguro a bordo. El fletador se informará sobre las obligaciones que le conciernen a él y a los pasajeros derivadas del contrato de seguro y será responsable de su cumplimiento a este respecto. (2) El fletador señala que la celebración de los seguros o la liquidación de los daños por parte de las aseguradoras no exime de responsabilidad al fletador. 6 - Responsabilidad del fletador (1) Si el fletador es considerado responsable por terceros en virtud de la ley civil o reglamentaria por los actos y omisiones del fletador o de los demás pasajeros, el fletador indemnizará al fletador contra todas las reclamaciones, incluidos los costos de procesamiento legal y defensa legal necesarios y razonables. (2) En todos los demás aspectos, la responsabilidad del fletador se regirá por las disposiciones legales aplicables. 7 - Responsabilidad de la compañía fletadora (1) La responsabilidad de la compañía fletadora frente al fletador por incumplimientos derivados de este contrato o en relación con él (independientemente de la base legal) se regirá por las disposiciones legales aplicables, en la medida en que los párrafos (2) o (3) no dispongan lo contrario. (2) El chárter no será responsable por la pérdida o el daño de los efectos personales que traigan a bordo los pasajeros, a menos que la pérdida o el daño se deban a dolo o negligencia grave por parte del chárter o sus agentes. (3) La compañía de fletadores no será responsable en caso de incumplimiento de obligaciones que no constituyan obligaciones contractuales esenciales de la compañía de fletadores (las obligaciones contractuales esenciales son aquellas obligaciones de la compañía de fletadores que el contrato debe asignar al fletador de acuerdo con su contenido y propósito y aquellas obligaciones cuyo cumplimiento es esencial para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento el fletador confía y puede confiar regularmente, cuyo cumplimiento hace que ejecución del contrato (posible en primer lugar y en cuya observancia el fletador confía y puede confiar habitualmente), en la medida en que el daño se deba únicamente a una negligencia simple por parte de la compañía de fletadores y sus agentes indirectos y en la medida en que la responsabilidad no se refiera a los daños causados por lesiones a la vida, la integridad física o la salud. 8 - Condiciones adicionales para el fletamento sin tripulación (1) El fletador estará obligado, en principio, a aceptar la tripulación y el capitán proporcionados por el fletamento. Un fletamento sin tripulación ni capitán solo está permitido si las partes así lo acuerdan expresamente. La decisión queda a la libre discreción del fletador . (2) Para tomar la decisión de fletar sin tripulación ni capitán, el fletador deberá presentar los documentos de identidad, los certificados de competencia y los certificados del fletador o del capitán designado por el fletador, según lo exija el arrendador. La decisión de la compañía de fletadores no exime al fletador de su responsabilidad con arreglo al párrafo (4) y no establece ninguna obligación de instrucción o supervisión por parte de la compañía fletadora. (3) El fletador será totalmente responsable de garantizar que el yate solo sea gestionado y operado por personas que posean la cualificación y la experiencia necesarias. Antes de hacerse cargo del yate, el fletador nombrará al capitán responsable del período de fletamento a bordo del yate. El capitán es el agente vicario del fletador . (4) El fletador asumirá la plena responsabilidad de la gestión y operación adecuadas del yate dentro del marco de todas las normas de tráfico aplicables y de conformidad con los principios de la buena navegación. (5) En la medida en que el fletador exija que el fletador o el capitán designado por el fletador reciban instrucciones generales sobre la toma de posesión del yate, el fletador correrá a cargo del fletador. Tal instrucción no exime al fletador de su responsabilidad con arreglo al párrafo (4). (6) Al hacerse cargo del yate, el fletador recibirá del propietario una lista de números de teléfono de emergencia que utilizará en caso de accidente para pedir ayuda de inmediato. (7) El fletador tiene prohibido moverse con el yate a más de 20 millas náuticas de la costa del área de navegación acordada. En el caso de los barcos sin licencia, se prohíbe al fletador acercarse a más de 200 metros de la costa u otras aguas poco profundas. (8) El fletador indemnizará al fletador por todas las reclamaciones presentadas contra el fletador o el yate por parte de terceros por la pérdida, el daño o el deterioro de la propiedad, la vida, la integridad o la salud o el medio ambiente de terceros debido al uso del yate por parte del fletador, incluidos los costos legales necesarios y razonables de procesamiento o defensa legal, en la medida en que el fletador no sea responsable de la pérdida, el daño o el deterioro. (9) El fletador se compromete a informar inmediatamente al fletador y a las aseguradoras del yate de cualquier daño, encallamiento, colisión o incidente o queja extraordinaria comparable y a documentarlos fotográficamente y tomando informes de testigos. 9 - Disposiciones finales (1) Este contrato está sujeto a la ley de la República Federal de Alemania. (2) Para todas las disputas que surjan de este contrato, los tribunales del lugar de jurisdicción general del fletador tendrán jurisdicción exclusiva si el fletador es un comerciante, una entidad legal de derecho público o un fondo especial de derecho público o si el fletador no tiene un lugar de jurisdicción general en Alemania. Fue galardonada en 2021 con el Ship Design Award y la consideramos el buque insignia de nuestra flota. El barco tiene una eslora de 66 pies (20,11 m) y, debido a su diseño sofisticado, es uno de nuestros yates más lujosos y grandes. El FIVE WEEKS tiene una manga de 5,19 m y alcanza una velocidad de hasta 30 nudos .

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