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El servicio de chárter cuando tiene menos de 6 personas, de 7 a 12 personas, es un alquiler sin tripulación, consulte los términos y condiciones que figuran a continuación: ★ BARCO PARA FIESTAS UN DÍA EN LA PLAYA | EL PRECIO BASE ES PARA 6 HUÉSPEDES O MENOS ★ Increíble recorrido de experiencia en la hermosa bahía de San Juan para cumpleaños, solteros, propuesta de boda y más ★ Parada para tomar fotos, visita guiada, Crucero en barco, visitas turísticas, observación de delfines y vistas panorámicas ★ Admire las impresionantes vistas de los lugares emblemáticos de la ciudad y disfrute mientras navega ★ Los precios de la experiencia se automatizan según el número de huéspedes y las fechas elegidas ★ Incluye recorrido de 2 horas, música, puedes traer bebidas y aperitivos y nadar en la bahía con flotadores. ★ Disponibilidad de reservas instantáneas las 24 horas del día, los 7 días de la semana ★ Si tienes más de 6 personas, lee a continuación, ¡también tenemos un servicio sin tripulación! Servicio sin tripulación para más de 6 personas, de entre 7 y 12 personas: ¡ chárter sin tripulación (hasta 10 personas) tenemos un segundo barco por si su grupo es más grande (hasta 24 personas!) - Todo es igual al que se indica en la descripción del chárter . - Tiene que seleccionar al capitán y a la tripulación; se paga por separado (normalmente por hora, entre 25 y 75 dólares) Alquile nuestro yate a - 600 dólares/hora más tasas e impuestos - Aprovisione el barco usted mismo o deje que nosotros lo gestionemos INCREÍBLES COMPLEMENTOS A PEDIDO: ★ BIG SQUEAR INFLATABEL 10 PIES POR 10 PIES 200$ ★ BIG ROUND INFLATABEL 10 PIES 200$ ★ KAREOKE 200$ Ubicación: El yate se encuentra en El puerto deportivo de la bahía de San Juan pregunta por PR Rentals Unique Experience Peer B- 12 El capitán y el anfitrión te estarán esperando en el puerto deportivo. El capitán y el anfitrión estarán presentes durante la experiencia, ¡para que sea segura y agradable! Política de cancelación: Esta actividad tiene una política de reembolso estándar (24 horas).
Estas opciones se pueden agregar durante el pago.
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Captain was amazing showed us around and explained different sites again. Will definitely book again when in town.
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thank you for this trip! we came late and he still gave us a good amount of time and a good experience, thank you!
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We had the most incredible time on this charter. The provider upgraded us to the larger boat. This activity absolutely made our trip. 11 out of 10 would book again and recommend to a friend!
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We had a great time on our boat trip with Captain Diego. Being able to swim in the Caribbean near a historic castle/town was very cool, and the whole team was helpful, communicative, and well run.
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You’ll get helpful information for your departure after your booking is confirmed.
Street Address For Arrival
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Reembolso completo hasta 1 día antes.
Contrato de fletamento sin tripulación de International Business Solutions LLC Número de contrato: Fecha: Partes contratantes Cliente o fletador: Compañía de fletamento: International Business Solutions LLC Asunto del contrato Yate: PR Rentals Hora de registro de flota/Base: SEGÚN LO ACORDADO CON EL FLETADOR/Puerto deportivo de la Bahía de San Juan Precio de chárter: pagado a IBS: ______________ Pagado al capitán seleccionado: ____________ IMPORTE TOTAL A PAGAR POR ADELANTADO EN EL BANCO INFORMACIÓN: Importe total en USD Este documento es vinculante y nuestros términos y condiciones se aplican incluso antes de que se ejecute el pago inicial. International Business Solutions LLC POBOX 1837 Guaynabo PR 00970 Número de contrato: COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA Fecha del contrato de reserva: COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA Firma del fletador: __________________ Fecha: __________________ IMPORTANTE: El pago a cuenta de la Compañía confirma que el destinatario del servicio ha leído y aceptado el contrato de fletamento y los TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE FLETE que forman parte de este CONTRATO DE FLETE. Al realizar un pago, escriba el número de reserva en la «descripción del pago». El cliente está obligado a cubrir los costos de la transferencia de dinero a la cuenta de la Compañía (costos compartidos). Importante: el Anexo 1 puede usarse para enumerar la tripulación recomendada (contratistas). Aquí encontrará todo lo que necesita saber al alquilar un yate de International Business Solutions LLC en Puerto Rico 1. INSTRUCCIONES Y CONDICIONES PARA EL ALOJAMIENTO EN UN BUQUE DE INTERNATIONAL BUSINESS SOLUTIONS LLC Estas instrucciones y condiciones para el alojamiento en un buque de International Business Solutions LLC, junto con el contrato de reserva (si corresponde), la factura y la tarjeta de embarque, se denominarán Contrato, International Business Solutions LLC y/u otro operador se denominarán IBS, la parte fletadora se conocerá como fletador y el yate como buque. El presente contrato es válido en las siguientes condiciones: 1. El fletador alquilará una embarcación equipada de acuerdo con las leyes y normas sobre el lugar de atraque de la embarcación y las normas de alquiler de yates de IBS. Si es aplicable a un destino específico, la lista de equipos forma parte integral de este contrato y las partes involucradas la firmarán en el momento de la toma de posesión y devolución del yate (lista de verificación). 2. El fletador pagará el precio de fletamento acordado y los extras. 3. El chárter firmará un contrato con la tripulación contratada seleccionada y pagará los precios y extras acordados. 4. La embarcación se puede utilizar exclusivamente para fines personales, como cruceros y similares y, por lo tanto, no debe utilizarse para ningún otro propósito comercial o similar. 2. DEPÓSITO DE SEGURIDAD/SEGURO Si es aplicable en el país en el que se encuentra el atraque de la embarcación, se puede aplicar un seguro de cobertura total. A menos que el fletador aplique un seguro de cobertura total, se compromete a proporcionar un depósito de garantía al momento del embarque en el buque mediante una autorización previa de una tarjeta de crédito (o en efectivo, si corresponde para un destino específico). El depósito se cancelará en su totalidad a la devolución de la embarcación, a menos que durante la entrega de la embarcación se descubra la existencia de un daño o un defecto en la embarcación o en el equipo, y a menos que IBS no haya reclamaciones presentadas o anunciadas por terceras personas que estén relacionadas con el uso de la embarcación. En caso de pérdida o daño del equipo, de partes concretas de la embarcación o de la propia embarcación, o de que existan otros motivos, tal como se establece en este contrato, IBS retendrá o cobrará el importe (una parte o la totalidad del depósito) correspondiente a la indemnización o al valor de la reparación, adquisición y/o compra del equipo o de una parte concreta de la embarcación. En caso de que el daño causado tenga como consecuencia que la embarcación no pueda seguir fletándose, International Business Solutions LLC tiene el derecho de retener la cantidad correspondiente a la pérdida de beneficios. El depósito de seguridad solo puede hacerse mediante la preautorización de una tarjeta de crédito o en efectivo. El importe real del depósito de seguridad para el tipo de embarcación fletada se indica en la lista de precios. Independientemente del seguro, el fletador también está obligado a pagar una indemnización por todos los daños causados hasta el importe del depósito de garantía. Los daños cubiertos por el seguro que no se comuniquen inmediatamente a IBS y/o a la compañía de seguros no se reconocerán según la póliza de seguro. En este caso, el fletador es personalmente responsable de la totalidad de los daños que se deriven de la falta de notificación o de la notificación tardía de los daños. Los daños sufridos por la parte submarina del buque deben ir seguidos de una inspección del buque fuera del agua, a cargo del fletador, si se le considera responsable de estos daños. Es posible que los intereses del FLETADOR no estén cubiertos por la parte de responsabilidad de la póliza de seguro de la embarcación. El fletador debe determinar si dicha cobertura de seguro y los deducibles aplicables son adecuados y apropiados para el propósito del fletador y, si es necesario, solicitar una cobertura adicional antes de comenzar. Si el fletador opta por una cobertura de seguro adicional, deberá demostrar que el buque ha cubierto a todo riesgo durante el período de fletamento, incluido el seguro del casco y la maquinaria, el seguro de responsabilidad civil y cualquier otra cobertura necesaria que determine el propietario. El fletador indemnizará y eximirá al propietario de cualquier reclamación, daño, responsabilidad o pérdida que surja del uso o la operación del buque por parte del fletador. 3. CANCELACIÓN Si la cancelación se produce 48 horas antes del embarque, IBS reembolsará la totalidad de la tarifa del fletamento. Si la cancelación se produce 48 horas o menos antes del embarque, IBS tiene derecho a retener el 100% de la tarifa del chárter. Si la cancelación se debe a motivos objetivos (fallecimiento de un familiar o lesión grave del fletador), el precio pagado no se reembolsará, pero IBS pondrá el buque a disposición del fletador en otro período de tiempo gratuito o dentro de la próxima temporada de navegación, pero en este caso, IBS se reserva el derecho de cobrar al fletador los gastos administrativos y otros gastos objetivos. En cualquier otro caso, IBS no está obligada a devolver al fletador el importe pagado de conformidad con este contrato. Una vez confirmada la reserva, los descuentos no se pueden cambiar. Los vuelos chárter no se pueden cancelar con una tarifa de cancelación y volver a reservarlos con el mismo cliente para obtener mejores condiciones de reserva (descuentos, etc.). 4. SI NO SE REALIZA LA ENTREGA, IBS está obligada a poner a disposición el buque contratado, similar o mejor, en el momento y el lugar acordados, y a entregarlo al fletador. Si IBS se retrasa en el cumplimiento de esta obligación, IBS se comprometerá a reembolsar una cantidad proporcional adecuada del precio del chárter por cada 24 horas de retraso y, además, si el motivo del retraso de IBS puede imputarse a la responsabilidad de IBS, también debería pagar una indemnización del 5% del precio del fletamento semanal por cada día atrasado, pero no más del 15% del precio total del fletamento. Al entregar la embarcación dentro de las 4 horas siguientes al retraso, no se considera que IBS esté atrasado. Si IBS no puede suministrar el buque o un sustituto adecuado (es decir, un tipo similar en cuanto a dimensiones, equipo y equipo) y el retraso supera los 0º del tiempo total de fletamento o un máximo de tres (3) días, el fletador tiene derecho a rescindir el contrato. En este caso, se le reembolsarán los pagos ya efectuados. No se podrán presentar más reclamaciones. Si antes del inicio del fletamento se comprueba que no habrá ningún buque de repuesto disponible en la fecha acordada, IBS estará obligada a informar al fletador tan pronto como este tenga conocimiento de los hechos. En este caso, ambas partes podrán rescindir el contrato antes del supuesto inicio del fletamento. Los pagos realizados por el fletador se reembolsarán como se indica anteriormente. No se podrán presentar más reclamaciones. Si IBS retrasa la hora de registro por motivos de los que es responsable, el fletador recibirá un reembolso prorrateado de IBS, • siempre que el procedimiento de registro se hubiera acordado originalmente para la segunda parte del día • o si no se hubiera realizado un registro de reemplazo y/o real hasta el mediodía del día siguiente a más tardar • o si el registro de la embarcación se había acordado originalmente que se realizaría durante la primera parte del día, pero en realidad fue retrasado más de 12 horas En caso de cancelación de este contrato por parte de IBS, deberá reembolsar el importe total pagado por el fletador, y si el contrato se cancela tres o menos días antes de hacerse cargo del buque, IBS se comprometerá a pagar al fletador una multa equivalente al 10% del precio del fletamento de una semana. Sin embargo, independientemente de los posibles motivos y de la magnitud del daño, la responsabilidad de IBS hacia el fletador se limita al importe del precio de fletamento pagado. Si, por algún motivo que pudiera considerarse responsabilidad de IBS, se produjera una avería o un problema en el motor del buque que impidiera o dificultara considerablemente su uso, el fletador podrá cancelar este contrato. En ese caso, IBS está obligada a hacerse cargo del buque en el puerto seguro más cercano, reembolsar al fletador una parte apropiada del precio del fletamento, aumentado en un 10%, y asumir los gastos de transporte del fletador y su tripulación hasta el puerto de desembarque previsto. En caso de que surja un problema técnico durante el período de fletamento que impida al fletador seguir en servicioEn el buque, IBS lo resolverá en un plazo de 24 horas a partir del momento en que se presentó la reclamación. La resolución de la reclamación dentro de este plazo exime a IBS de cualquier reclamación que pudiera derivarse del hecho de que se hubiera producido un problema técnico (es decir, el fletador tiene derecho a que se le reembolse una cantidad proporcional del precio del fletamento únicamente durante el período de 24 horas contado desde el momento de la presentación de la reclamación). También nos reservamos el derecho de retirar el yate debido a circunstancias inesperadas (por ejemplo, condiciones meteorológicas adversas, etc.), en cuyo caso podemos entregarle un certificado de crédito para usarlo en futuros vuelos chárter, extender su fletamento o cancelarlo. Si cancelamos su alquiler, excepto por motivos ajenos a nuestra voluntad, tiene derecho a recibir un reembolso completo de todo el dinero pagado. Sin perjuicio de lo anterior, no se pagará ningún reembolso o compensación si su chárter se cancela debido a circunstancias inusuales e imprevisibles que escapan a nuestro control, cuyas consecuencias no podrían evitarse aunque se hubiera actuado con el debido cuidado, como (a modo de ejemplo y no a modo de limitación) guerra, disturbios, disturbios civiles, conflictos laborales, actividades terroristas, desastres naturales o nucleares, incendios, condiciones meteorológicas adversas, problemas técnicos de transporte imprevisibles por motivos ajenos nuestro control o el de nuestros proveedores, cerrado o congestionado puertos, huracanes y otras condiciones meteorológicas adversas reales o potenciales, inundaciones, epidemias, riesgos para la salud o pandemias o cualquier otro evento similar o circunstancia imprevista que pueda constituir fuerza mayor. 5) **CONDICIONES Y USO DEL BUQUE** El fletador está obligado a proporcionar el nombre, el apellido, la fecha de nacimiento, el lugar de nacimiento y el número de pasaporte de todos los miembros de la tripulación a tiempo, según lo recomendado por IBS. El fletador realizará el control del aceite del motor a diario. El fletador no abandonará el puerto o el fondeadero si la fuerza del viento es o está predispuesta a superar los siete (7) en la escala de Beaufort (30 nudos) o si las autoridades portuarias han prohibido navegar o si la embarcación tiene daños sin reparar en alguna de sus partes vitales, como el motor, las velas, el aparejo, la bomba de achique, el equipo de fondeo, las luces de navegación, la brújula, el equipo de seguridad, etc. o si alguna de las piezas anteriores no están en buenas condiciones de funcionamiento; el fletador tampoco saldrá del puerto o fondeadero sin suficientes reservas de combustible o, en general, cuando las condiciones meteorológicas o el estado del buque o de su tripulación es dudoso. El fletador se compromete a estar en posesión de licencias de navegación válidas (y, si corresponde en el país de atraque del buque, de un certificado de VHF) o está obligado a dejar la navegación del buque en manos de un miembro de la tripulación que tenga el permiso o la licencia correspondiente y que elija según su criterio. El fletador garantiza a IBS su propio conocimiento y competencia náutica en esa área, tanto su propia calificación como la de su tripulación, así como su capacidad para operar la embarcación de manera segura sin tener en cuenta las condiciones climáticas o cualquier otra circunstancia, asumiendo la plena responsabilidad de la explotación racional de la embarcación y su equipo. Si IBS llega a la conclusión de que el patrón o al menos un miembro de su tripulación no posee los conocimientos y la competencia náutica adecuados y necesarios, IBS podrá incumplir este contrato en cualquier momento sin estar obligado a reembolsar ninguna cantidad pagada o, de acuerdo con la competencia establecida, podrá determinar los límites de navegación durante la duración de este contrato. Se ha autorizado a IBS a establecer tales limitaciones si las condiciones meteorológicas u otras razones graves obligaran a IBS a hacerlo. Con el fin de establecer la competencia náutica del fletador y su tripulación, el IBS podrá organizar una navegación común más corta con el fletador. Si así lo exigen razones de seguridad, IBS puede exigir al fletador y a la tripulación que devuelvan el buque a la base o les ordene que amarren en un lugar específico. Los documentos del barco, que deben estar a bordo durante todo el tiempo de navegación, no se entregarán al fletador. En caso de que se apliquen tarifas marinas adicionales, estas deberán ser pagadas por el fletador. IBS no se hace responsable de las posibles lesiones, daños y otras consecuencias aún más graves que puedan derivarse del fletador o de sus alrededores para el fletador y los miembros de su tripulación, así como para los posibles pasajeros o para terceros, causadas por el fletador o los miembros de su tripulación durante la vigencia del presente contrato. Todos los gastos actuales del uso del buque (combustible, impuestos portuarios, indemnización, limpieza y similares) correrán a cargo del fletador. Esto también se refiere a las obligaciones que pueden derivarse del uso de la embarcación y que pueden llegar a ser exigibles después de la expiración del presente contrato. En caso de cualquier otro incidente imprevisto, daño o fallo mayor, infracción de navegación o accidente, el fletador está obligado a denunciarlo, tanto a los organismos gubernamentales autorizados como a IBS, de la manera más rápida y adecuada, y a seguir sus instrucciones, que estén en consonancia con las operaciones de un buen navegante. El fletador no está autorizado ni a alquilar la embarcación a un tercero ni a dejarla descontrolada en un lugar que no sea seguro, ni a transportarla. El mayor número de pasajeros a bordo no debe ser superior al número indicado en la lista de tripulantes. El fletador está obligado a observar todas las reglas y órdenes de navegación emitidas por los organismos gubernamentales autorizados, prestar atención a la seguridad de la embarcación, la tripulación y los pasajeros y a mantener la embarcación y su equipo, informar a IBS sobre la dirección de navegación aproximada (itinerario) y sobre los posibles cambios relacionados con la dirección de navegación y a devolver la embarcación a IBS en las mismas condiciones en que el fletador la recibió (la embarcación debe estar debidamente limpia, el equipo tiene que a convenir, el tanque de combustible debe estar lleno, etc.). 6) **REENTREGA** El fletador y su tripulación está obligada a abandonar la embarcación y vaciarla de sus pertenencias, a más tardar a la hora indicada en la tarjeta de embarque y/u otros documentos. En caso de retraso, el fletador está obligado a pagar la tarifa diaria de fletamento (incrementada si procede de acuerdo con estas instrucciones y condiciones para el alojamiento en un buque de International Business Solutions LLC) por cada día que comience a atrasarse. Si el fletador no devuelve el buque en el tiempo y lugar acordados, se comprometerá a pagar una indemnización por cada día que comience a atrasarse en el pago de un importe equivalente al doble de la tarifa diaria de fletamento. Si no informa a IBS sobre la expectativa de atraso antes de que finalice el plazo acordado para la devolución del buque, la indemnización se incrementará en un 30% más. IBS tampoco se hace responsable de los aplazamientos o cambios en los planes del fletador causados por malas condiciones meteorológicas o por otros motivos similares. En caso de que condiciones meteorológicas extremadamente adversas impidan la devolución del buque en el plazo previsto, IBS se compromete a que, en lugar de la indemnización prevista, el fletador pague el precio normal del fletamento, incrementado en un 50% de la tarifa diaria de fletamento, por cada día que comience a devolverse el buque. Los tanques llenos, la pérdida de los cojines de la cabina o la cubierta y los inodoros obstruidos en el momento de la entrega del buque se cobrarán de acuerdo con la lista de precios del operador. Los cojines perdidos se cobrarán 600 USD por cojín en los destinos del Caribe. IBS se reserva el derecho de liquidar la indemnización del fletador por atraso o por la obstrucción del inodoro mediante la fianza depositada en garantía. 7.) VARIOS Con sujeción a las limitaciones establecidas en estos términos y condiciones y en la medida en que lo permita la ley, IBS solo será responsable de los daños directos que realmente sufran, paguen o incurran el fletador, la tripulación o los pasajeros, debido a un incumplimiento atribuible a nuestras obligaciones con respecto a nuestros servicios, hasta un importe total del coste total de su reserva. Ni IBS ni el propietario del yate serán responsables ante ninguna persona por cualquier pérdida, daño, lesión o muerte que se derive del uso del yate por parte del fletador. IBS no hace más declaraciones que las contenidas en estos términos y condiciones y en los materiales escritos proporcionados como parte de los procedimientos de reserva. IBS no será responsable de las tasas, gastos, billetes de avión, habitaciones de hotel, comida, llamadas telefónicas u otros gastos en los que incurra el fletador por cualquier motivo. El fletador indemnizará y eximirá de responsabilidad a International Business Solutions LLC y al propietario del yate frente a cualquier reclamación por pérdida o daño a la propiedad o lesiones a personas (incluida la pérdida de vidas) que resulten del uso, la operación o la posesión del yate y el equipo relacionado u otro inventario por parte del fletador o de cualquier tripulación, y de cualquier reclamación de cualquier tipo por pérdida o daño a la propiedad personal del fletador o de cualquier tripulación transportada en el yate o bote. Todos los montos indicados (es decir, la lista de precios, el contrato de reserva, etc.) incluyen los impuestos, tasas y cargos locales actuales. En caso de que se produzcan cambios en los impuestos, tasas u otras leyes locales, International Business Solutions LLC se reserva el derecho de ajustar los precios en consecuencia. Los impuestos, tasas y cargos locales se cobran finalmente en función de las condiciones vigentes en la fecha de salida, a pesar de todos y cada uno de los pagos anticipados. Es posible que se apliquen condiciones especiales a algunos destinos: están disponibles en nuestro sitio web e incorporadas como anexo a estas instrucciones y condiciones para el alojamiento en un buque de International Business Solutions LLC. 8. ARBITRACCIÓN Y LEY Todas las disputas entre el fletador e IBS deben resolverse directamente entre estos dos, en inglés. Si se requiere un arbitraje o un procedimiento judicial, el lugar de jurisdicción es el lugar de atraque del buque. Para cualquier disputa entre el fletador e IBS, se aplicará la ley del país de residencia de IBS. 9. Por favor, acepte los siguientes términos y condiciones. Mantenga siempre una mano libre para sujetarse a una barandilla. Embarcaciones a motor: asegúrese siempre de estar sentado mientras la embarcación esté en movimiento. Recomendamos NO beber alcohol si va a bucear o nadar. Tenga cuidado al exponerse al sol y busque sombra cuando sea necesario. COMPRENDO QUE LA NAVEGACIÓN IMPLICA RIESGOS INHERENTES, incluidos, entre otros, los peligros del mar, las condiciones meteorológicas y marinas adversas, los fallos del equipo o las acciones de otros participantes, y por la presente ASUMO DICHOS RIESGOS. Al firmar esta exención, asumo toda la responsabilidad y renuncio a cualquier reclamación por lesiones personales, muerte o daños a la propiedad personal contra International Business Solutions LLC., sus empleados, herederos y accionistas. Estoy de acuerdo en que cualquier disputa debe resolverse según las leyes de Puerto Rico. COMPRENDO QUE TENGO EL DEBER DE: INFORMAR DIRECTAMENTE AL CAPITÁN O AL MIEMBRO DE LA TRIPULACIÓN SOBRE CUALQUIER PROBLEMA DE SALUD O FÍSICO QUE PUEDA TENER, COMO, ENTRE OTROS, LA EPILEPSIA, EL ASMA, LA ENFERMEDAD CARDÍACA, EL EMBARAZO O LAS ALERGIAS A ALIMENTOS O INSECTOS. COMPRENDO QUE TENGO EL DEBER DE: EJERCER UN CUIDADO RAZONABLE POR MI PROPIA SEGURIDAD Y LA DE MIS HIJOS MENORES, Y ACEPTO HACERLO. ENTIENDO Y ACEPTO QUE: NO SE PERMITIRÁ EN ABSOLUTO EL USO DE drogas o sustancias ilegales de ningún tipo, incluida la parafernalia relacionada con cualquier sustancia ilegal, en el barco o en las instalaciones en ningún momento. Estoy de acuerdo en que actuaré de manera responsable y asumiré la responsabilidad de mis acciones y respetaré u obedeceré las órdenes del capitán y la tripulación, además de ser considerado con mis compañeros de viaje. COMPRENDO QUE RECIBIRÉ MÁS INSTRUCCIONES VERBALES E INFORMACIÓN DE SEGURIDAD DURANTE EL VIAJE, Y ACEPTO preguntar al capitán o a la tripulación si no escucho o no entiendo nada de lo que se diga en todos y cada uno de los «discursos» informativos. HE LEÍDO ESTE ACUERDO, LO ENTIENDO Y ACEPTO REGIRME POR ÉL AHORA Y PARA SIEMPRE EN EL FUTURO. He firmado este acuerdo libre y voluntariamente sin ningún tipo de coacción, como adulto mayor de 18 años o como cuidador adulto responsable de un menor. 10. RECONOCIMIENTO Y DECLARACIONES RELACIONADAS Reconozco y declaro que no tengo conocimiento de ningún síntoma relacionado con ningún virus y que ningún miembro de mi familia, si corresponde, que me acompañe tampoco presenta ningún síntoma de dicha enfermedad. Se me ha indicado y entiendo que International Business Solutions LLC y sus empleados, como operadores de excursiones, han implementado un estricto protocolo de prácticas de higiene y prevención del contagio de acuerdo con las directrices del Centro para el Control de Enfermedades y la Compañía de Turismo de Puerto Rico. RECONOZCO que comprendo el riesgo de contagio de dicho virus y ASUMO dicho riesgo con pleno conocimiento. AFIRMO QUE ESTOY EN CONDICIONES FÍSICAS PARA PARTICIPAR EN LA EXCURSIÓN EN BARCO Y SUS ACTIVIDADES RELACIONADAS Y ACEPTO EXIMIR DE RESPONSABILIDAD A INTERNATIONAL BUSINESS SOLUTIONS LLC. Si me lesiono como resultado de cualquier problema o accidente que pueda surgir durante la participación en el viaje. EN CASO DE QUE MUESTRE INDICIOS DE PELIGRO O SOLICITE AYUDA, ACEPTO LA AYUDA DEL CAPITÁN O DE LOS MIEMBROS DE LA TRIPULACIÓN DE LA EMBARCACIÓN, Y ME COMPROMETO A EXIMIR DE RESPONSABILIDAD A INTERNATIONAL BUSINESS SOLUTIONS LLC, sus capitanes o tripulantes recomendados, por sus acciones de rescate o primeros auxilios. International Business Solutions LLC. Hace todos los esfuerzos razonables para mantener un entorno seguro, lo que incluye la certificación voluntaria de embarcaciones y capitanes por parte de la Guardia Costera de los Estados Unidos, y exige que todos los miembros de la tripulación supervisen con competencia las actividades de los huéspedes y tengan una formación básica en primeros auxilios y resucitación cardiopulmonar de la Cruz Roja, pero no declara implícitamente ni de ningún otro modo que ellos o su tripulación puedan o vayan a realizar rescates o prestar primeros auxilios de forma segura. Comprendo perfectamente que el barco en cuestión tiene instalaciones médicas limitadas y que, en caso de enfermedad o lesión, se debe solicitar la atención médica adecuada por radio y el tratamiento se retrasará hasta que me puedan transportar a un centro de atención médica adecuado. Estoy de acuerdo con estas condiciones. ENTIENDO Y ACEPTO QUE: NO se tolerará el abuso del alcohol durante la excursión, y que NO se permitirá el comportamiento en estado de embriaguez, agresivo o desordenado. El capitán o el miembro de la tripulación pueden negarme el servicio de bar si estoy intoxicado o si presento una amenaza para mi seguridad o la de los demás. Todos los huéspedes de Charters deberán leer y aceptar los términos y condiciones adicionales que figuran en el Anexo 3. Firma del fletador: __________________ Fecha: __________________ ANEXO 1 Lista de contratistas recomendados sugeridos al momento de la reserva, por orden de disponibilidad. ANEXO 2 FECHA DEL ACUERDO DE SERVICIOS DE TRIPULACIÓN DE INTERNATIONAL BUSINESS Solutions LLC TAL COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA NOMBRE DEL BARCO TAL COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA HORA/FECHA DE INICIO DE LA RESERVA COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA HORA/FECHA COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA ÁREA DE CRUCERO DE LA BAHÍA DE SAN JUAN NOMBRE TARIFA CONTRATISTAS (Capitán) COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA FLETADOR COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA FLETADOR COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA DESCRIBA EN LA RESERVA TAL COMO SE DESCRIBE EN EL TOTAL DE LA RESERVA TAL COMO SE DESCRIBE EN LA RESERVA Condiciones especiales: el FLETADOR remitirá un permiso de aprovisionamiento anticipado (APA) para pagar los gastos incurridos a bordo durante el fletador, que se cobrará a costa del FLETADOR. El CONTRATISTA correspondiente utilizará estos fondos para pagar los gastos que incluyen, entre otros: ▪ Reemplazo de combustible y lubricantes para la embarcación ▪ Comida y bebida ▪ Tarifas de pilotaje portuario, agua, electricidad y costos de comunicación de cualquier tipo ▪ Formalidades aduaneras y transporte al aeropuerto ▪ Comida y bebida de la tripulación Es habitual que la tripulación pague una propina del 18 al 30% de la tarifa total del fletamento, pero a entera discreción del FLETADOR. Los CONTRATISTAS y el FLETADOR acuerdan expresamente que los términos enumerados en el acuerdo, la reserva tal como se describe en la reserva, forman parte de este acuerdo y que las copias facsímiles firmadas de este Acuerdo serán vinculantes. CONSIDERANDO que el FLETADOR ha acordado fletar el BUQUE en virtud de un acuerdo de fletamento sin tripulación separado en el que es obligación del FLETADOR dotar a dicho BUQUE de un capitán y una tripulación competentes: CONSIDERANDO que el FLETADOR desea contratar al CONTRATISTA para tripular y suministrar el BUQUE y el CONTRATISTA está dispuesto a prestar dichos servicios, sujeto a los términos y condiciones aquí contenidos. POR LO TANTO, teniendo en cuenta las premisas, los pactos mutuos que se establecen a continuación y otras consideraciones buenas y valiosas, cuya recepción y suficiencia se reconocen por la presente, las partes acuerdan lo siguiente: 1. Tripulación: Cada miembro de la tripulación deberá estar en posesión de todas las licencias o certificados requeridos y deberá estar debidamente uniformado. 2. Servicios de tripulación: En los períodos de fletamento de más de 8 horas, el FLETADOR proporcionará al capitán y a la tripulación alimentos y bebidas a bordo del buque mientras esté retenido. Los CONTRATISTAS prestarán sus servicios en virtud del presente Acuerdo como contratistas independientes y serán los únicos responsables de todas las retenciones tributarias impuestas por cualquier autoridad por el empleador o por las retenciones sobre los salarios de la tripulación. 3. Responsabilidades del CONTRATISTA: El CONTRATISTA actuará siguiendo las instrucciones del FLETADOR, siempre que el capitán no tenga que ejecutar ninguna orden que ponga en peligro la seguridad de la embarcación o de las personas a bordo. a) El CONTRATISTA no será responsable de los niños del fletador. Los niños serán supervisados por un miembro adulto del fletador en todo momento. b) El CONTRATISTA se asegurará de que ningún miembro de la tripulación consuma o posea drogas ilegales, incluida la marihuana. ii. cualquier arma de fuego o arma El CONTRATISTA rescindirá inmediatamente cualquier miembro de la tripulación que infrinja esta cláusula. 4. Responsabilidades del FLETADOR: El FLETADOR será responsable de lo siguiente durante el período de fletamento: a) La operación y navegación seguras del BUQUE b) El cumplimiento de todas las leyes, reglamentos y normas de navegación aplicables c) El mantenimiento y la limpieza del BUQUE durante el período de fletamento d) El pago de todo el combustible, las tarifas de amarre y otros gastos relacionados con la operación del BUQUE, a menos que se acuerde lo contrario por escrito. 5. USO: El FLETADOR restringirá el crucero de la EMBARCACIÓN a la zona de crucero designada en la página 1 del Acuerdo de fletamento sin tripulación y a las regiones dentro de la zona de crucero en las que la EMBARCACIÓN esté legalmente autorizada a navegar. La embarcación no navegará más allá de los límites establecidos en la póliza de seguro de la embarcación. El CONTRATISTA que actúe como capitán será responsable del cumplimiento y el FLETADOR deberá acatar la decisión del capitán a este respecto. 6. INDEMNIZACIÓN: El FLETADOR indemnizará y eximirá al CONTRATISTA de cualquier reclamación, daño, pérdida o gasto que surja del uso, operación o posesión del BUQUE por parte del FLETADOR durante el período de fletamento. 7. TERMINACIÓN: Cualquiera de las partes puede rescindir este Acuerdo en caso de incumplimiento grave por parte de la otra Parte. La parte que rescinde tieneNotificará por escrito a la parte infractora especificando la naturaleza de la infracción. 8. LEY APLICABLE, JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE: este Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Cualquier disputa que surja de o esté relacionada con este Acuerdo estará sujeta a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de Puerto Rico. Cualquier controversia o reclamación que surja de o esté relacionada con este Acuerdo, o con el incumplimiento del mismo, se resolverá mediante un arbitraje que se regirá por las normas de la Asociación Estadounidense de Arbitraje. Dicho arbitraje se llevará a cabo en los tribunales indicados anteriormente, a menos que se acuerde otro lugar de mutuo acuerdo. 9. ACUERDO COMPLETO: este Acuerdo constituye el acuerdo completo entre las Partes y reemplaza todos los acuerdos, entendimientos o declaraciones anteriores o escritos. EN FE DE LO CUAL, las Partes han firmado el presente documento. Por: __________________________ ________ Por: __________________________ ________ (Nombre/servicio) Fecha (nombre) DEL FLETADOR Fecha del FLETADOR Firma: ___________________________ Firma: _______________________________ Por: __________________________ ________ por: __________________________ ________ (Nombre/servicio) Fecha del CONTRATISTA (nombre) Fecha del FLETADOR Firma: _______________________________ Por: __________________________ ________ por: __________________________ ________ (Nombre/servicio) Fecha del CONTRATISTA (Nombre) Fecha del FLETADOR Firma: ___________________________ Firma: _____________________________ ANEXO 3 Términos y condiciones de International Business Solutions LLC 1. INTERNATIONAL BUSINESS SOLUTIONS no se hace responsable por la pérdida, el daño o el robo de equipaje y pertenencias personales. Consulte con su agente de seguros antes de la salida para asegurarse de que no tiene la cobertura adecuada ante cualquier eventualidad. 2. INTERNATIONAL BUSINESS SOLUTIONS no se hace responsable de los daños físicos causados a los equipos alquilados a terceros que no sean INTERNATIONAL BUSINESS SOLUTIONS. 3. Todos los pasajeros, con la excepción del capitán y la tripulación contratados y recomendados por INTERNATIONAL BUSINESS SOLUTIONS o sus filiales, se consideran huéspedes del fletador. CHARTERER es responsable de la seguridad y el bienestar del FLETADOR y de todos los huéspedes. El FLETADOR no transportará a más de 12 huéspedes en ningún momento. De lo contrario, se cancelará el contrato. 4. El FLETADOR utilizará la embarcación únicamente por placer. La embarcación no transportará mercancías ni pasajeros para alquilarlos sin el consentimiento previo de INTERNATIONAL BUSINESS SOLUTIONS. Los charterers no cederán este acuerdo o subfletamento sin el consentimiento previo por escrito de INTERNATIONAL BUSINESS SOLUTIONS. 5. En caso de que cualquiera de las partes de este acuerdo infrinja alguna de las disposiciones de este Acuerdo o en cualquier procedimiento para hacer cumplir los términos del presente Acuerdo, la parte vencedora tendrá derecho a recuperar los demás honorarios y costos legales en los que pueda incurrir, incluidos los honorarios y costos relacionados con los procedimientos de mediación, arbitraje o apelación ordenados por un tribunal. 6. Este Acuerdo no puede modificarse sin el consentimiento por escrito de ambas partes y el hecho de que cualquiera de las partes no insista en el estricto cumplimiento de los términos aquí establecidos no se considerará una renuncia a ninguno de los derechos de dichas partes en virtud del presente documento. 7. Este Acuerdo se interpretará e interpretará de conformidad con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con la excepción de cualquier reclamación marítima o de almirantazgo que se interpretará de conformidad con las leyes marítimas y de almirantazgo de los Estados Unidos. La jurisdicción para cualquier procedimiento en virtud del presente documento será en los tribunales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. EN FE DE LO CUAL, las partes han ejecutado las presentes presentes en la fecha: Firma Nombre impreso Fecha ADENDA 4 INTERNATIONAL BUSINESS SOLUTIONS - Lista de verificación para la inspección previa al fletamento APÉNDICE 5 Áreas/categorías Preguntas sobre el casco y la estructura Compruebe el casco para ver si hay daños o deformidades visibles. Inspeccione las estructuras en busca de grietas o señales de debilitamiento. Inspeccione la embarcación en busca de señales de fugas o filtraciones de agua. Sistema de propulsión Examine el motor para detectar cualquier problema visible. Verifique el correcto funcionamiento de todos los controles de propulsión Sistemas eléctricos Asegúrese de que todas las luces estén funcionando. Revise el cableado para ver si hay daños o conexiones sueltas. Equipo de seguridad Compruebe la disponibilidad y el estado de los chalecos salvavidas. Inspeccione los extintores para ver si están caducados. Revise el botiquín de primeros auxilios para ver si está completo. Evalúe las bengalas y otros dispositivos de señalización de emergencia. Equipo de navegación Asegúrese de que los sistemas GPS estén operativos. Inspeccione el equipo de radar para verificar que esté completo. Pruebe las luces de navegación. Evalúe el funcionamiento correcto de la brújula. Estado legendario: Buen, moderado, pobre, profundo, rasguños leves, rasguños leves, falta la capa de gel, la capa de gel, manchas, daños en la hélice, parabrisas agrietados, rasgados, desgarrados, pisos de asientos, limpieza del baño, limpieza del salpicadero o la consola, limpieza del compartimiento del motor, soluciones comerciales internacionales, listas de verificación de áreas y categorías, preguntas sobre el casco y la estructura Inspeccione las estructuras en busca de grietas o señales de debilitamiento. Inspeccione la embarcación en busca de señales de fugas o filtraciones de agua. Sistema de propulsión Examine el motor para detectar cualquier problema visible. Verifique el correcto funcionamiento de todos los controles de propulsión Sistemas eléctricos Asegúrese de que todas las luces estén funcionando. Revise el cableado para ver si hay daños o conexiones sueltas. Equipo de seguridad Compruebe la disponibilidad y el estado de los chalecos salvavidas. Inspeccione los extintores para ver si están caducados. Revise el botiquín de primeros auxilios para ver si está completo. Evalúe las bengalas y otros dispositivos de señalización de emergencia. Equipo de navegación Asegúrese de que los sistemas GPS estén operativos. Inspeccione el equipo de radar para verificar que esté completo. Pruebe las luces de navegación. Evalúe el funcionamiento correcto de la brújula. Leyenda: Buen, moderado, pobre, profundo, rasguños leves, rasguños leves, capa de gel, virutas, manchas, daños en la hélice, parabrisas agrietados, pisos rasgados y rasgados, rasgados y desgarrados, asientos, limpieza del compartimiento de limpieza del asiento, limpieza del baño, limpieza del salpicadero o la consola, limpieza del compartimiento del motor, limpieza del casco, limpieza del casco, limpieza del casco, responsabilidad, aceptación de riesgos, exención de responsabilidad y acuerdo de liberación para participar en el chárter o alquiler ofrecido por International Business Solutions LLC, dba Puerto Rico Rentals, para mí y/o para cualquier niño menor del que sea el padre o tutor legal o responsable de otro modo, y para mi/nuestros herederos, representantes personales o cesionarios: RECONOCIMIENTO DE LOS RIESGOS Reconozco plenamente que algunos, pero no todos, de los riesgos de participar en el chárter en el que estoy a punto de participar pueden incluir (1) viento, cizallamiento, inclemencias meteorológicas, relámpagos, variaciones y extremos del viento, el clima y la temperatura; (2) cualquier sensación de equilibrio físico condición, capacidad para operar el equipo, nadar y/o seguir instrucciones; (3) colisión, vuelco, hundimiento u otro peligro que provoque humedad, lesiones, exposición a los elementos, hipotermia, impacto del cuerpo contra el agua, inyección de agua en los orificios de mi cuerpo y/o ahogamiento; (4) la presencia y/o lesión, enfermedad o muerte como resultado de insectos, animales y formas de vida marina; (5) falla del equipo, error del operador, accidentes de transporte; (6) lesiones o enfermedades relacionadas con el calor o el sol, incluidas las quemaduras solares, las insolaciones o la deshidratación; (7) fatiga, escalofríos, y/o mareos que puedan disminuir mi/nuestro tiempo de reacción y aumentar el riesgo de un accidente; (8) cubiertas y/o escalones resbaladizos cuando están mojados; (9) (MENCIONAR ACTIVIDADES ESPECÍFICAS, NO MENCIONADAS AQUÍ) Iniciales _________ Reconozco específicamente que he recibido instrucciones/capacitación sobre el uso seguro del tipo de equipo utilizado durante este chárter, con mi entera satisfacción. Los entiendo perfectamente y estoy en condiciones físicas y mentales de participar en la carta que estoy a punto de emprender. Iniciales _________ Comprendo que las condiciones médicas pasadas o presentes pueden ser contraindicativas para mi participación en el chárter o el alquiler. Afirmo que actualmente no sufro de resfrío, congestión o infección de oído. Afirmo que no tengo ninguna enfermedad infecciosa o dolencia (por ejemplo, el COVID o variantes similares). Afirmo que no tengo antecedentes de convulsiones, mareos o desmayos, ni antecedentes de enfermedades cardíacas (por ejemplo, enfermedades cardiovasculares, angina de pecho o ataque cardíaco). Además, afirmo que no tengo antecedentes de problemas respiratorios (por ejemplo, enfisema o tuberculosis). Afirmo que actualmente no sufro de lesiones en la espalda, la columna vertebral y/o el cuello. Afirmo que actualmente no estoy tomando medicamentos que contengan una advertencia sobre cualquier deterioro de mis capacidades físicas o mentales. Iniciales _________ ASUNCIÓN CONTRACTUAL/EXPRESA DEL RIESGO Y LA RESPONSABILIDAD Estoy totalmente de acuerdo en asumir toda la responsabilidad por todos los riesgos de International Business Solutions LLC, dba Puerto Rico Rentals, a los que estoy a punto de comprometerme, estén identificados anteriormente o no (ENTIENDO PERFECTAMENTE QUE ASUMO INCLUSO LOS RIESGOS QUE SURJAN POR LA NEGLIGENCIA DE LAS ENTREGAS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN). Mi participación en la carta constitutiva o la nuestra es completamente voluntaria. Asumo toda la responsabilidad por mí mismo y cualquiera de mis hijos menores de los que soy responsable. Esta responsabilidad que asumo en mi nombre y en el de mis hijos menores de edad, o de aquellos niños de los que soy legalmente responsable, se extiende a cualquier lesión corporal, accidente, enfermedad, parálisis, muerte, pérdida de bienes personales y gastos derivados de cualquier accidente que pueda producirse mientras participamos en la actividad. COMPRENDO COMPLETAMENTE Y ACEPTO TODA LA RESPONSABILIDAD EN MI NOMBRE Y EL DE MIS HIJOS MENORES, O DE AQUELLOS NIÑOS DE LOS QUE SOY LEGALMENTE RESPONSABLE, INCLUSO SI ESTAS LESIONES, MUERTE O PÉRDIDA DE PROPIEDAD PERSONAL SE DEBEN TOTAL O PARCIALMENTE A LA NEGLIGENCIA DE LAS DIVULGACIONES QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN. Iniciales _________ Este Acuerdo se regirá por las leyes del Poder Judicial del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Cualquier acción legal relacionada con este acuerdo o que surja de este acuerdo contra o en relación con International Business Solutions LLC, dba Puerto Rico Rentals, se iniciará exclusivamente en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Cualquier acción legal relacionada o derivada de este Acuerdo contra o en relación con cualquiera de sus compañías afiliadas o relacionadas con International Business Solutions LLC, dba Puerto Rico Rentals, se iniciará exclusivamente en el Poder Judicial del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Acepto que reembolsaré en su totalidad los honorarios de abogado en los que incurra el asegurado o sus aseguradoras para defender cualquier acción legal en virtud de este acuerdo. YO Y/O LA AGENCIA GUBERNAMENTAL EN CUYA PROPIEDAD Y ACTIVIDAD SE LLEVAN A CABO, ASÍ COMO SUS ASEGURADORAS, SI LAS HUBIERA, TODAS Y CADA UNA DE LAS LÍNEAS DE CRUCEROS O COMPAÑÍAS QUE FACILITARON LA PARTICIPACIÓN Y/O LA COMPRA DE BILLETES, O DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD DE CUALQUIER NATURALEZA POR CUALQUIER LESIÓN, PÉRDIDA O DAÑO A LA PROPIEDAD (INCLUIDA LA MUERTE) A MÍ O A MIS HIJOS MENORES, ASÍ COMO A OTRAS PERSONAS COMO RESULTADO DE MI PARTICIPACIÓN EN LA ACTIVIDAD, INCLUSO SI FUERON CAUSADOS POR MI NEGLIGENCIA O POR LA NEGLIGENCIA DE CUALQUIERA DE LOS LANZAMIENTOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE, O CUALQUIER OTRA PERSONA (INCLUIDO YO MISMO). Iniciales _________ He leído este acuerdo de asunción y reconocimiento de riesgos y exención de responsabilidad. Comprendo perfectamente que es de naturaleza contractual y que es vinculante para mí. Además, comprendo que al firmar este documento, estoy renunciando a valiosos derechos legales, incluido cualquier derecho que pueda tener contra el propietario, el arrendatario o fletador, el operador mencionado anteriormente o sus empleados, agentes, sirvientes o cesionarios. ESTOY TOTALMENTE DE ACUERDO EN QUE SE ME PERMITA PARTICIPAR EN EL CHÁRTER PARA EXIMIR DE RESPONSABILIDAD E INDEMNIZAR AL PROPIETARIO, AL OPERADOR MENCIONADO ANTERIORMENTE O A SUS EMPLEADOS, AGENTES, SIRVIENTES O CESIONARIOS POR CUALQUIER LESIÓN QUE PUEDA OCURRIRME A MÍ, A MIS HIJOS MENORES O A AQUELLOS NIÑOS DE LOS QUE SOY LEGALMENTE RESPONSABLE (INCLUIDA LA MUERTE). Nombre impreso: Fecha de nacimiento: Dirección: Correo electrónico: Firma: Fecha: A completar por el padre/tutor de cualquier participante menor de 18 años. Nombre del menor: Fecha de nacimiento: Dirección: Nombre del padre/tutor: Padre/tutor Firma: Fecha: Se aplican los términos y condiciones en función de la elección de un servicio de chárter o un servicio de chárter sin tripulación.