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🌊 ¡Vive la escapada perfecta a bordo de nuestro Carver 40! 🚤 Hasta 10 huéspedes pueden relajarse y disfrutar de excursiones de un día a Icacos, Palomino, Culebra o Vieques, ¡la mejor aventura de isla en isla! Relájese en cómodos asientos, explore la cabina bien equipada y tome el sol mientras navega por las tranquilas aguas del Caribe. Ya sea que practique esnórquel 🐠, tome el sol ☀️ o descanse con amigos y familiares, ¡el Carver 40 es su boleto para una diversión inolvidable! Opciones de viaje y precios: - - Icacos o Palomino: • 4 horas: 2.000$ + cuota de tripulación ⏰ • 7 horas: 3000$ + comisión de tripulación 🌴 Vieques o Culebra: • Día completo: más de 5000 USD 🚤 Tarifa de - servicio de tripulación: 450 USD (capitán y compañero), no incluida y pagada directamente 💵 La propina es aparte y - se agradece 🙌 Para el alquiler sin tripulación, los huéspedes deberán firmar un contrato de fletamento en el que se detallen las normas y responsabilidades de seguridad antes de la salida.
Ricardo, owner of the company and one of the captains. His love and passion of the ocean and being of service to many people from all walks of life and from all over the world has lead him to build and grow his own company so others can get a glimpse of what a “perfect day” looks like. Ricardo is married with 2 kids and is originally from Puerto Rico.
Recibirás indicaciones para llegar al lugar de salida cuando hagas la reserva.
Reembolso completo de la cantidad oferta hasta 5 día antes.
Cancelación por parte del FLETADOR. En caso de que el FLETADOR notifique la cancelación de este Acuerdo en cualquier momento anterior al comienzo del período de fletamento o, si el FLETADOR no lo hiciera, tras haber recibido una notificación por escrito para pagar cualquier cantidad adeudada en virtud del presente Acuerdo, el PROPIETARIO tendrá derecho a considerar este Acuerdo como si hubiera sido repudiado por el FLETADOR y a retener todos los pagos adeudados. Sin perjuicio del derecho del PROPIETARIO a recibir o retener todos los pagos mencionados anteriormente, el PROPIETARIO tendrá la obligación de mitigar su pérdida y, en caso de que el PROPIETARIO pueda volver a fletar el yate durante todo o parte del período de fletamento en virtud del presente Acuerdo, el PROPIETARIO acreditará el importe neto del alquiler de fletamento derivado del flete . después de deducir todas las comisiones y todos los demás gastos consecuentes derivados de dicho nuevo fletamento. La intención es que el PROPIETARIO reciba, en concepto de ingresos netos, los mismos ingresos netos que los que habría recibido en virtud del presente Acuerdo. El PROPIETARIO se esforzará por volver a fletar el yate y no negará injustificadamente su acuerdo de volver a fletar, aunque podrá rechazar los fletes que razonablemente puedan considerarse perjudiciales para el yate, su reputación o su horario .